Nueva jurisprudencia podría afectar a los jubilados de tu empresa

En Intercam buscamos siempre mantenerlos al tanto con información que les ayude en la toma de decisiones de su empresa.
Por tanto, queremos hacer de su conocimiento que el pasado mes de Febrero,
la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una jurisprudencia relacionada al tope máximo del Seguro Social, la cual podría afectar directamente a los asegurados del grupo de transición, es decir, a los empleados cuya fecha de ingreso al IMSS es anterior al 1 de julio de 1997.
Éste documento establece que el tope máximo para la cuantificación de la pensión por cesantía en edad avanzada y vejez, deberá ser de 10 salarios mínimos ($21,912 pesos) y no de 25 salarios mínimos ($54,780 Pesos), tal y como se realiza actualmente.
Si bien es cierto que dicho documento, que aún no es ley, solo aplicaría para los asegurados que acudan a los juzgados para un ajuste en el monto de la pensión, existiría un claro riesgo que el Instituto decidiera aplicarlo de forma general, afectando directamente a los asegurados del grupo de transición con sueldos superiores a 10 salarios mínimos.
Para ejemplificar el impacto que podría tener el cambio en el tope máximo del Seguro Social, en la siguiente gráfica se muestra el nivel de beneficio que podría alcanzar un empleado con 65 años de edad y 30 años de cotización en el Seguro Social bajo diferentes niveles de salario, considerando el actual tope del Seguro Social (25 salarios mínimos) y el tope estipulado en la Ley de 1973 (10 salarios mínimos).
De la gráfica anterior podemos observar, que el cambio en el tope máximo del Seguro Social repercutiría directamente en los asegurados con salarios mayores a $20,000 pesos mensuales.
Los empleados con ingresos entre $20,000 y $50,000 pesos, presentarían una reducción en su pensión, de 38% aproximadamente, siendo los salarios de $50,000 los de mayor impacto (60%). Para ingresos mayores a $50,000 pesos, la disminución sería de 60% aproximadamente.
Al igual que los asegurados del grupo de transición, los planes privados de pensiones cuyo beneficio esté ligado a la pensión del Seguro Social también se verían afectados. Al disminuir la pensión del Seguro Social, la empresa tendría que destinar mayores recursos para el pago de la pensión, afectando directamente las finanzas y liquidez de la empresa.
Ahora bien, la pensión del seguro social por sí sola, no ayudará a sostener el mismo nivel de vida de los empleados, por lo que el posible cambio en el tope del salario máximo de cotización mermaría, aún más, el nivel de vida de los próximos jubilados.
Por lo anterior, se convertirán en puntos claves el ahorro personal y los planes privados de pensiones, para lograr un mejor nivel de beneficio al momento de la jubilación.
Usted puede contar con Intercam en todo momento para establecer un Plan Privado de Pensiones cuyo beneficio sea equivalente a la Indemnización Legal, el cual no generaría un costo adicional para la empresa (formalización de la Indemnización Legal bajo las normas contables mexicanas) y sí un factor de atracción y retención de personal; ya que el empleado obtiene una ventaja fiscal dado que los beneficios de los planes de pensiones son exentos de impuestos hasta por un monto equivalente a 15 salarios mínimos mensuales y su jubilación podría ser más holgada.
Recuerde que para su empresa bajo el esquema de ISR, las contribuciones son deducibles de impuestos hasta por un monto equivalente al 53% del total de la aportación.
En Consultoría actuarial Intercam estamos a su disposición para cualquier asesoría sin costo en este y otros temas de interés para su empresa.

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